La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), autoridad administrativa independiente que vela por los derechos y libertades de las personas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales, presta una atención especial a la protección de los derechos de las personas más vulnerables. Entre ellas se encuentran los y las menores de edad: niños, niñas y adolescentes en pleno neurodesarrollo. Así como en proceso de formación y adquisición de los principios y valores que van a configurar su personalidad y que requieren de una protección específica.
La evolución tecnológica y el uso por los y las menores de los dispositivos digitales han puesto de manifiesto carencias en el actual sistema de protección. Que se basa en una concepción analógica de la vida de los y las menores. Por eso se establecen una serie de actuaciones prioritarias en salud digital para menores.
Tres actuaciones prioritarias en salud digital para menores
1. La Agencia apoya la iniciativa para la adopción de un Pacto de Estado promovida por organizaciones de la sociedad civil con medidas de consenso para la protección de los menores en Internet.
2. Mediante la coordinación del Grupo de Trabajo de ‘Menores salud digital y privacidad’, en el análisis jurídico y tecnológico de las propuestas y medidas de cara a la elaboración de un proyecto de Ley de protección integral a la infancia y adolescencia en los ámbitos en los que se han detectado necesidades.
3. Se ha elaborado un Decálogo con los principios y requisitos que han de observar los SISTEMAS DE VERIFICACIÓN DE LA EDAD. Para ser eficaces y respetuosos con la privacidad de quienes acceden a esos contenidos que, en un mundo globalizado, se proporcionan desde cualquier lugar.
Tres acciones para controlar que el decálogo se aplique
1. Impulsará la producción de apps que desarrollen estos sistemas conforme a los principios adoptados. Colaborando en particular con la Comisión nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Así como con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), el Ministerio del Interior y el Ministerio de Transformación Digital.
2. Coordinará y promoverá la asunción de los principios y requisitos en el marco de la UE. Con la finalidad de que sirvan de referencia para el desarrollo de sistemas de verificación de la edad eficaces y garantistas en los Estados miembro. Impulsará la adopción de una declaración por el Comité Europeo de Protección de Datos. Y mantendrá contactos y reuniones con la Comisión Europea y el Parlamento Europeo a través de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (LIBE).
3. Incentivará la adopción de los principios del decálogo en otros ámbitos internacionales. Para lo que se presentarán a las autoridades en materia de privacidad y protección de datos reunidas en el seno de la Asamblea Global de Privacidad (GPA). A la Administración Federal de EEUU, la Federal Trade Commission y a la Autoridad de protección de datos del Estado de California. Junto con la Red Iberoamericana de Protección de Datos (RIPD), cuya Secretaría ostenta la Agencia.
Si te interesa el tema, en otro post seguiremos desarrollando las actuaciones prioritarias que la AEPD establece para proteger a los menores ante el actual entorno digital.