> Actualidad
A raíz de mi intervención en el «Mercat Audiovisual de Catalunya 2017» resumo los temas tratados.
Las estadísticas dicen que en los próximos 5 años el tráfico IP en España crecerá significativamente, en especial, el vídeo. Sin embargo, éste tendrá que competir en el sector audiovisual y del entretenimiento con tecnologías como la realidad virtual o la aumentada.
Actualmente el consumo de películas o series online se hace mayoritariamente a través de:
- webs de intercambio de vídeos entre particulares.
- plataformas oficiales de contenidos en streaming.
Por otro lado, podemos incluir también como actualidad la tendencia a hacer un mal uso de la información personal. Noticias sobre ransomware, tv espías, etc. están al orden del día.
> Nuevas plataformas audiovisuales
Los nuevos formatos de servicios audiovisuales (on demand, streaming, etc.) se nutren, entre otras fuentes, de los datos personales. Los usos que hacen de los datos son variados:
- registro
- monitorización
- personalización de servicios
- compartición de la información personal con terceros
> Normativa aplicable
I. Protección de datos
El nuevo Reglamento General de Protección de Datos es la regulación que deberemos tener en cuenta en plataformas que ofrecen contenidos audiovisuales.
Es una regulación de aplicación directa y que traspuesta a España sustituirá la actual LOPD.
Importante destacar, ya que en este sector la tendencia en algunos casos es recurrir a plataformas extrangeras, es el ámbito de aplicación.
Tanto las empresas establecidas en países de la UE como empresas de fuera que ofrezcan bienes y servicios a ciudadanos europeos deberán cumplirla.
Será importante también aplicar los principios y obligaciones del Reglamento:
- La transparencia en el uso de los datos personales y ofrecer la máxima información al usuario.
- Estudiar la base legal para el tratamiento.
- Finalidad
- Control sobre las cesiones de datos a terceros.
I.I. Atención a la elaboración de perfiles
Las plataformas audiovisuales cada vez más ofrecen la personalización de contenidos como servicio estrella. Para ello es necesario un previo estudio del comportamiento del usuario en la plataforma.
La elaboración de perfiles de usuarios, entendida como la evaluación de aspectos personales como preferencias, intereses, comportamiento, etc. merece especial atención, de acuerdo con el RGPD. Sobre todo si lo que se pretende con ello tiene finalidades de mercadotecnia puesto que esto requerirá el consentimiento del usuario.
Si a esto le sumamos el uso del big data que ya hacen grandes plataformas y empresas del mundo del entretenimiento, deberemos ofrecer mayores garantías a los usuarios.
Las Autoridades de Protección de Datos consideran que el big data tiene una enorme repercusión sobre la privacidad. Por ello se deberá regular y poner límites.
II. Sociedad de la Información
La nueva regulación europea e-Privacy pretende regular las tecnologías que tratan datos de comunicaciones electrónicas. Esta, una vez transpuesta en España, sustituirá la actual LSSI. En este caso, lo relevante para el sector de servicios audiovisuales, es la regulación acerca de las comunicaciones comerciales directas.
Es decir, si vamos a hacer publicidad, y sobre todo si vamos a hacer publicidad personalizada, necesitamos el consentimiento del titular. Que además tendrá derecho a negarse a este uso de sus datos.
> Aplicación a otras tecnologías
El incremento del uso de este tipo de servicios, también provocará un aumento del uso de app’s y otras plataformas tecnológicas.
Por tanto, la regulación citada anteriormente y de aplicación para las empresas del sector, los será también para las plataformas con las que ofrezcan estos servicios y contenidos.
En este caso, pero, lo importante será aplicar la privacidad desde el diseño para ofrecer garantías de protección de los datos personales también dentro de la herramienta.
> Conclusión
¿Cómo enfocar los retos que plantean estos nuevos formatos de servicios audiovisuales para la privacidad de usuarios y consumidores?
Afortunadamente tenemos nuevas normativas europeas sobre protección de datos y privacidad de las comunicaciones electrónicas. Estas dan suficientes mecanismos legales para proteger la privacidad y a la vez, permitir legítimamente a las empresas del sector audiovisual y del entretenimiento realizar sus actividades comerciales, fidelizar clientes y ampliar mercado.
Todo será cuestión de aplicar de forma experta la legislación e integrar privacidad y negocios.