¿Para cuándo la nueva LOPD?

>Presentación

Con el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en adelante, Reglamento General de Protección de Datos – RGPD), aun siendo de aplicación directa, los que hayan tenido oportunidad de leerlo sabrán que es impreciso en algunas cuestiones. Por ello, se ha estado trabajando en una nueva Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Ésta tiene por que concretará aquellas cuestiones abiertas al criterio de cada uno de los Estados miembros.

Así pues, el pasado 10 de noviembre el Gobierno aprobó el Proyecto de la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos. Seguidamente, fue remitida al Congreso donde empezaron los trámites necesarios para su definitiva aprovación y posterior entrada en vigor. La previsión de entrada en vigor de esta nueva ley de protección de datos española era el 25 de mayo de 2018. Pues se quería que fuera de la mano del RGPD, que será de aplicación obligatoria en esta misma fecha. Sin embargo, el Proyecto se encontraba en la fase de presentación de las enmiendas hasta el pasado 6 de febrero por lo que será complicado cumplir con el calendario que había previsto.

>Consecuencias de la no entrada en vigor

Se ha ampliado el periodo de enmiendas y por lo tanto se alarga la entrada en vigor en principio para el octubre siguiente. Así pues, ante la gran posibilidad que la nueva ley orgánica no esté lista para el próximo 25 de mayo se prevé la aplicación de la ley actualmente vigente. Ésta es la Ley Orgánica 15/1999 del 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Sin embargo, esto puede conllevar problemas sobretodo para los administrados, empresas y particulares en tres puntos principales: 

  • El mantenimiento de la ley de 1999 en aquello que no se oponga al reglamento puede conllevar un riesgo de inseguridad jurídica e incertidumbre en numerosos supuestos.
  • El reglamento europeo establece un régimen sancionador muy fuerte con multas que pueden llegar hasta los veinte millones de euros. O de cuantía hasta el 4% volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior en relación a las empresas.
  • La nueva LOPD prevé unos supuestos mucho más precisos de sanciones leves, graves y muy graves. Estos prevén el encaje con los criterios de tipificación de las conductas y de graduación de las sanciones muy genéricos del RGPD.

Así pues, es necesaria la aprobación y entrada en vigor de la nueva LOPD para precisar debidamente todas las cuestiones abiertas que deja el RGPD. Y además, garantizar la seguridad jurídica de nuestro ordenamiento interno.

>Las novedades de la nueva LOPD

La nueva LOPD pretende ajustar la actual normativa española de protección de datos al nuevo RGPD. Para ello, en términos generales será necesario modificar todos aquellos preceptos que chocan con la nueva normativa europea. Así mismo, pretende desarrollar todas las herramientas necesarias para garantizar su efectiva aplicación.

El proyecto de ley de la nueva norma tiene como principales novedades:

  • Los menores de edad podrán prestar consentimiento para el tratamiento de datos a los 13 años. 
  • Se elimina el consentimiento tácito y pasa a ser expreso. El objetivo es garantizar que el consentimiento de las personas para el tratamiento de sus datos personales se trate de una declaración clara.
  • La LOPD crea la figura del Delegado de Protección de Datos que deberá ser implementado de forma obligatoria para las empresas. De no ser así, se prevén infracciones graves.
  • La creación de nuevos derechos de limitación del tratamiento o portabilidad. 
  • Para evitar que se puedan borrar o encubrir un posible incumplimiento se introduce la obligación de bloqueo. 
  • También se ha regulado el sector publicitario para evitar el acoso mediante SPAM.

>Conclusiones

Ante los grandes cambios de normativas que estamos viviendo desde hace un tiempo, esperemos que pronto podamos recobrar un poco de estabilidad. Es necesario asimilar todas las novedades legales y aplicarlas debidamente. Así pues, esperemos que en breves entre en vigor la nueva LOPD. Y además, que aquellos temas que no son del todo claro puedan ir siendo definidos para el bien de los profesionales del sector. Como también, para las empresas que tienen la obligación de aplicar la normativa.