Los nuevos derechos digitales. Novedades normativas que traerán cambios a empresas y organizaciones

Introducción 

Con la celebración el pasado 28 de enero del Día de Protección de Datos (Data Privacy Day). Y, además, con las recientes normativas en materia de protección de datos que han reforzado o regulado nuevos derechos, aprovechamos este post para profundizar un poco sobre los nuevos Derechos Digitales.

Así pues, en el post vamos a intentar explicar que son, para que sirven y cómo podemos protegerlos adecuadamente. Los derechos digitales son parte de nuestra sociedad y nos ayudan a hacer más fácil la convivencia.

¿Qué son?

Los derechos digitales pueden ser definidos como una prolongación de los derechos civiles que disponemos los ciudadanos, adaptados al mundo digital. A través de ellos, pues, se otorga legitimidad a los usuarios para que puedan llevar a cabo distintas acciones bajo el amparo de la ley. Mantienen un gran parecido con derechos ya existentes como el derecho a la privacidad.

¿Cuáles son?

Con la llegada del RGPD se elaboró la nueva LOPD, la cual establece en su Título X la garantía de los derechos digitales los cuales se pueden clasificar en atención a cuatro criterios:

  • Trabajadores:
    • Derecho a la desconexión digital
    • Derecho a la intimidad en el uso de cámaras o sistemas de geolocalización
  • Menores de edad:
    • Consentimiento para tratar sus datos
    • Derecho a la educación digital
  • Profesores: tienen la obligación de recibir una formación en relación con las competencias digitales con el objetivo de adaptar la formación dada a la era digital actual.
  • Derechos en Internet:
    • Derecho al olvido
    • Neutralidad de Internet
    • Testamento digital
    • Bono social
    • Libertad de expresión y veracidad informativa
    • Derecho al honor y a la propia imagen
    • Propiedad intelectual

Mención especial

Dos de los derechos que incorpora la nueva LOPD han sido muy tratados por la sociedad por su destacado factor innovador. Se trata del derecho a la desconexión digital y al testamento digital. El primero de ellos, el derecho a la desconexión digital, tiene por objeto garantizar que los trabajadores puedan desconectar de sus dispositivos digitales una vez terminan su horario laboral. Así pues, se pretende «el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar». 

Y en segundo lugar es necesario resaltar el derecho al testamento digital. Las personas tienden a publicar información personal, fotografías y otras cosas en la red. Pero ¿qué pasa con todo ello cuando la persona fallece? En la era digital actual es normal que también se haya establecido la posibilidad de redactar un testamento digital donde consta todo el legado online de las personas. Por lo tanto, un testamento digital consiste en la redacción de un documento en donde constan un conjunto de datos, lo más relevantes:

  • Servicios de correo
  • Páginas web
  • Redes sociales
  • Servicios de suscripción
  • Sistemas de crédito
  • Contenido personal
  • Etc.

La denuncia de vulneraciones de los Derechos Digitales 

Teniendo en cuenta lo novedosos que son algunos de estos derechos y que no siempre será fácil para las empresas y organizaciones darles cumplimiento y encajarlos con sus estructuras de trabajo, la normativa es estricta también a la hora de regular y controlar las violaciones de estos derechos.

Así pues, se ha establecido la posibilidad de que los ciudadanos puedan imponer una denuncia cuando alguno de sus derechos digitales ha sido vulnerado. El método más recomendable para efectuarla es a través de la Agencia de Protección de Datos. Las personas pueden presentar una reclamación por vulneración.

Además, también se contempla la posibilidad de efectuar la denuncia ante los Tribunales, es decir, por la vía judicial. Sin embargo, aún no se ha establecido un modelo específico de denuncias por infracciones de los derechos digitales, aunque se está trabajando en ello.

Las sanciones por incumplimiento

En caso de que se llegué a constatar que realmente se ha producido una vulneración de alguno o varios derechos digitales, se procederá a la imposición de una multa. La normativa que se aplica para establecerla es la regulada en el RGPD y en la nueva LOPD.

Hay distintos grados de multa, las más bajas se encuentran en los 10 millones de euros o el 2% del volumen de negocio total anual del ejercicio financiero anterior. Y el más elevado asciende hasta los 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio total anual.

Además, no debemos olvidar que también se pueden imponer sanciones penales si se considera necesario, en atención al grado de la vulneración cometida.

Conclusiones 

Se puede llegar a la conclusión que los derechos digitales son muy importantes. Y en especial en la era digital en la que nos encontramos inmersos actualmente. Por lo tanto, conocer de los derechos que los ciudadanos disponen se establece como un factor clave para asegurar su protección. Es hora de empezar a ser conscientes de todos los peligros que se puede correr en la red para poder efectuar la protección necesaria y más eficaz.