menores_privacidad

Líneas de acción en salud digital y privacidad de menores – Parte 2

A principios de marzo hablábamos sobre 3 de las líneas de acción en salud digital y privacidad de menores promovidas por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Autoridad administrativa independiente que vela por los derechos y libertades de las personas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales. Entre los que se encuentran los y las menores de edad como usuarios más vulnerables. Hoy os contamos las 6 restantes.

Seis de las nueve acciones para controlar que el decálogo se aplique

  1. Para facilitar el papel de las familias, la Agencia intensificará la colaboración con:

Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE) para el análisis de las herramientas de control parental y la actualización de las guías sobre privacidad y seguridad en Internet. Y para la configuración de la privacidad en redes sociales, aplicaciones de mensajería instantánea y principales navegadores.

Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y de Formación del Profesorado (INTEF) e INCIBE. Para proporcionar las familias educación, formación digital, recursos y materiales mediante módulos formativos.

El ámbito escolar utiliza plataformas educativas y herramientas digitalesque tratan datos personales del alumnado, familiares y docentes. Que exige el análisis de su adecuación a la regulación del derecho a la protección de datos y su control como garantía de su cumplimiento.

  1. Colaborará activamente con las autoridades educativas para garantizar su adecuación a la regulación del derecho a la protección de datos y su control como garantía de su cumplimiento.
  2. Llevará a cabo actuaciones de investigación a las plataformas, educativas y de aprendizaje, así como herramientas digitales que se usen en el colegio.
  3. Colaborará con las Administraciones educativas y sanitarias para fomentar la realización de evaluaciones de impacto en privacidad y salud digital en función de la edad y los riesgos para los y las menores.
  4. Priorizará el ejercicio de sus potestades de investigación a las páginas web de contenidos para personas adultas. En especial de pornografía, con respecto a la verificación de la edad para el acceso a dichos contenidos y al cumplimiento de la normativa de protección de datos de los y las menores. Actuando en cooperación con las autoridades de la Unión Europea cuando las páginas web no estén establecidas en España.
  5. Realizará el análisis de los algoritmos y patrones adictivos que tienen como objetivo influir en el comportamiento y las decisiones de las personas usuarias. Con relación a los datos y perfilados de los y las menores de edad, e impulsará la coordinación necesaria con el Comité Europeo de Protección de Datos.
salud_digital_niños_Aepd

Líneas de acción en salud digital y privacidad de menores – Parte 1

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), autoridad administrativa independiente que vela por los derechos y libertades de las personas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales, presta una atención especial a la protección de los derechos de las personas más vulnerables. Entre ellas se encuentran los y las menores de edad: niños, niñas y adolescentes en pleno neurodesarrollo. Así como en proceso de formación y adquisición de los principios y valores que van a configurar su personalidad y que requieren de una protección específica.

La evolución tecnológica y el uso por los y las menores de los dispositivos digitales han puesto de manifiesto carencias en el actual sistema de protección. Que se basa en una concepción analógica de la vida de los y las menores. Por eso se establecen una serie de actuaciones prioritarias en salud digital para menores.

Tres actuaciones prioritarias en salud digital para menores

1. La Agencia apoya la iniciativa para la adopción de un Pacto de Estado promovida por organizaciones de la sociedad civil con medidas de consenso para la protección de los menores en Internet.

2. Mediante  la coordinación del Grupo de Trabajo de ‘Menores salud digital y privacidad’, en el análisis jurídico y tecnológico de las propuestas y medidas de cara a la elaboración de un proyecto de Ley de protección integral a la infancia y adolescencia en los ámbitos en los que se han detectado necesidades.

3. Se ha elaborado un Decálogo con los principios y requisitos que han de observar los SISTEMAS DE VERIFICACIÓN DE LA EDAD. Para ser eficaces y respetuosos con la privacidad de quienes acceden a esos contenidos que, en un mundo globalizado, se proporcionan desde cualquier lugar.

Tres acciones para controlar que el decálogo se aplique

1. Impulsará la producción de apps que desarrollen estos sistemas conforme a los principios adoptados. Colaborando en particular con la Comisión nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Así como con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), el Ministerio del Interior y el Ministerio de Transformación Digital.

2. Coordinará y promoverá la asunción de los principios y requisitos en el marco de la UE. Con la finalidad de que sirvan de referencia para el desarrollo de sistemas de verificación de la edad eficaces y garantistas en los Estados miembro. Impulsará la adopción de una declaración por el Comité Europeo de Protección de Datos. Y mantendrá contactos y reuniones con la Comisión Europea y el Parlamento Europeo a través de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (LIBE).

3. Incentivará la adopción de los principios del decálogo en otros ámbitos internacionales. Para lo que se presentarán a las autoridades en materia de privacidad y protección de datos reunidas en el seno de la Asamblea Global de Privacidad (GPA).  A la Administración Federal de EEUU, la Federal Trade Commission y a la Autoridad de protección de datos del Estado de California. Junto con la Red Iberoamericana de Protección de Datos (RIPD), cuya Secretaría ostenta la Agencia.

Si te interesa el tema, en otro post seguiremos desarrollando las actuaciones prioritarias que la AEPD establece para proteger a los menores ante el actual entorno digital.

como afectan pantallas salud niños

Cómo afectan las pantallas a la salud de los menores

Ahora en plenas Navidades los peques disfrutan de sus vacaciones en casa, y como consecuencia tienen mucho más tiempo para conectarse a Internet y pasar horas frente a pantallas. Bien sea de móvil o de ordenador. El mal uso del mundo digital afecta a la salud física, mental, sexual y social. En la infancia y adolescencia también afecta al neurodesarrollo y el aprendizaje.

Las pantallas indudablemente afectan a su salud y hoy queremos explicaros las 10 consecuencias más comunes en su uso excesivo  en menores, definidas por el plan digital familiar de la Agencia Española de Protección de Datos junto a la Asociación de Pediatría Española.

10 consecuencias del uso excesivo de pantallas en la salud de los niños

1. Afectan a su calidad del sueño

Ya que excitan y afectan a su descanso, corriendo un mayor riesgo de dormir menos horas, además de un sueño menos reparador.

2. Pueden ayudar a fomentar la obesidad

Como consecuencia del sedentarismo que puede generar el uso excesivo de pantallas disminuyen su actividad física y en líneas generales tienden a ingerir alimentos más calóricos y menos saludables.

3. Fatiga visual como consecuencia de las pantallas

La exposición prolongada o habitual provoca fatiga visual y como consecuencia se pueden producir inicios o empeoramiento de miopía y presencia de ojo rojo, picor y lagrimeo.

4. Dolor de espalda

Cuando usamos pantallas, todos solemos caer en el error de adoptar malas posturas que generan dolores de espalda y cervicales, así como de articulaciones.

5. Ansiedad

El uso excesivo de pantallas también puede provocar ansiedad y alteraciones del comportamiento por sentir la necesidad de estar conectados y tener dificultades para aceptar limites de los adultos.

6. Disminución de la atención

¿Cuántas veces has intentado hablar con tus hijos o hijas sin éxito? Las pantallas también tienen ese poder de atracción que hace que nos evadamos de todo sin escuchar lo que ocurre a nuestro alrededor.

7. Impulsividad generada por las pantallas 

 El hecho de que las pantallas les respondan automáticamente a todas las cuestiones, problemas o preguntas que planteen hace que aumente el riesgo a ser más impulsivo, provocando la disminución de la capacidad de espera. Todo tiene que ser ya.

8. Aislamiento social

El individualismo que caracteriza al uso excesivo de pantallas puede afectar a cómo una niña o niño se relacione con su entorno, no solo por su uso excesivo; sino también por el riesgo a una elevada comparación social.

9. Conductas de riesgo

Si además de usar las pantallas en exceso, consumen contenidos que no son adecuados para su edad, esto puede repercutir en conductas sexuales demasiado tempranas y además de alto riesgo.

10. Alteración en el aprendizaje

Las pantallas usadas en exceso también pueden afectar a su capacidad de aprendizaje, así como a su neurodesarrollo.

Como ves las consecuencias son muchas y muy importantes. De modo que limita el uso de pantallas todo lo que puedas, lo cual no quiere decir que prohíbas su uso, pero su control es importante para su salud y desarrollo.

 

La protección de los menores en las redes sociales

>Presentación Los menores se están convirtiendo en los principales usuarios de las redes sociales. Están creciendo en la era digital en donde los juegos, los estudios, las relaciones sociales han sido en muchos casos substituidos por los móviles, tablets, ordenadores o incluso gafas de realidad virtual. Así pues, esta exposición al mundo virtual hace que su […]